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22 »Si alguien me dedica un terreno que no es de su propiedad familiar sino que lo compró de otra persona, 23 el sacerdote contará los años que faltan hasta el próximo año de liberación, y ese mismo día la persona pagará el precio que el sacerdote establezca. 24 Cuando llegue el año de liberación, el terreno volverá a ser propiedad de su verdadero dueño.

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